16 de julio de 2009

Queja ante la Comisión Europea por vulneración de la Directiva de Hábitats


La presente QUEJA esta motivada por la autorización administrativa (Documento nº 1) para la ejecución de una línea eléctrica de 132 Kv que discurre más o menos paralela y a muy poca distancia del borde Noroeste de la Zona de Especial Protección para la Aves “Estepas de Yecla” (ES0000196) que forma parte de la Red Natura 2000 (Documento nº 2), sin haberse realizado una adecuada evaluación ambiental de sus repercusiones sobre este espacio de la Red Natura 2000, vulnerando el artículo 6 de la Directiva Hábitat.

El primer tramo del proyecto de línea eléctrica de referencia, que discurre muy cercano a la ZEPA “Estepas de Yecla” (ES0000196) y paralelo a sus límites Noroccidentales (Documento nº 2 y 3), atraviesa terrenos que son una continuación natural de los hábitats presentes en la misma, y es utilizado como área de paso, vuelo, alimentación, descanso y nidificación de especies de aves esteparias protegidas, algunas de ellas catalogadas en peligro de extinción (Ley 7/1995, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre de la Región de Murcia) como la avutarda (Otis tarda). En concreto, esta ave es una de las más relevantes del espacio natural, que cumple los criterios técnicos exigidos por la UE para la designación de esta ZEPA. Pero no es la única especie destacable, la ZEPA “Estepas de Yecla” y sus alrededores sobresalen por su elevada biodiversidad, contabilizándose hasta 32 especies de aves de gran interés (Documento nº 4). La línea eléctrica en cuestión, también atraviesa la I.B.A. (Important Bird Area) nº 182 “Almansa – Pétrola – Yecla” (Documento nº 5)

Entendemos que el trazado eléctrico aéreo supone una peligrosa barrera por la posibilidad de colisión de las aves esteparias, que realizan vuelos a baja altura, especialmente para la avutarda, cuya primera causa de mortalidad no natural es la colisión con tendidos eléctricos. En concreto la avutarda realiza desplazamientos constantes en su dispersión alrededor de la ZEPA y utiliza el corredor seccionado por la línea eléctrica en sus pasos migratorios hacia las zonas esteparias del Sureste Manchego, también catalogadas dentro de la Red Natura 2000. Estas migraciones, a pequeña escala, son básicas para el mantenimiento de las actuales poblaciones invernantes de avutarda en las “Estepas de Yecla”.

Como afirmábamos antes, no se ha realizado una adecuada evaluación ambiental sobre las afecciones que podría causar el proyecto autorizado. Prueba de ello es que en la Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de fecha 11 de julio de 2008 por la que se otorga a la empresa Elecdey Murcia S.A. la autorización administrativa y la aprobación del proyecto y anexo de ejecución de la instalación eléctrica de alta tensión de conexión de una instalación de producción en régimen especial a la red de transporte denominada “Línea eléctrica a 132 Kv S/C ST Sierra de Lacera – AP 23 de L/ST Reventones – ST Buey” en los términos municipales de Yecla y Jumilla, y se reconoce en concreto, la utilidad pública de la misma (Documento nº 1), se cita que se requirió informe a la Dirección General del Medio Natural de la Comunidad Autónoma de Murcia sin que se haya pronunciado. En este sentido, la Empresa Promotora del Proyecto presentó ante el Excmo. Ayuntamiento de Yecla, a efectos de solicitud de la oportuna licencia urbanística una Memoria Ambiental de la Modificación del Proyecto de Ejecución de la Línea Eléctrica a 132 Kv, simple circuito, ST. Sierra Lácera – AP. 23 de L/ST Reventones – ST. Buey, separata de paso por el T.M. de Yecla, que carece de rigor científico y es insuficiente, limitándose a indicar que el primer tramo del trazado, extremo nororiental, discurre próximo a la ZEPA “Estepas de Yecla” proponiendo exclusivamente, sin justificar, sin razonar y sin valorar alternativas, la señalización con espirales de colores de algunos tramos de la línea eléctrica (Documento nº 6).

El 24 de septiembre de 2007, la Asociación Naturalista para la Investigación y Defensa del Altiplano presentó ante la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea un escrito en el que, entre otras cuestiones, mostraba su preocupación por el proyecto de línea eléctrica y sobre sus probables afecciones sobre la ZEPA “Estepas de Yecla”. La respuesta textual al respecto (Documento nº 7) de la Dirección General de Medio Ambiente de fecha 22 de octubre de 2007 es la siguiente: “Con respecto a su preocupación por el proyecto de línea eléctrica, la Directiva Hábitats, ofrece el marco que debe tenerse en cuenta para la aprobación de proyectos en las disposiciones de los apartados 3 y 4 del artículo 6. La Directiva establece que si el proyecto afectara de forma significativa un lugar de la Red Natura 2000, tendrá que someterse a una adecuada evaluación de sus repercusiones sobre el lugar, teniendo en cuenta los objetivos de conservación del mismo. A la vista de las conclusiones de dicha evaluación y supeditado a lo dispuesto en el apartado 4 de dicho artículo, las autoridades competentes sólo se declararán de acuerdo con dicho proyecto tras haberse asegurado que no causará perjuicio a la integridad del lugar en cuestión, y si procede, tras haberlo sometido a información pública”.

Con fecha 1 de octubre de 2008, esta asociación, presentó Recurso de Alzada ante la Excma. Consejera de Economía, Empresa e Innovación de la Región de Murcia (Documento nº 8) en la que solicitaba la suspensión de la Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas autorizando la línea eléctrica de referencia (Documento nº 1), la realización de una adecuada evaluación ambiental de repercusiones sobre la ZEPA “Estepas de Yecla” y la paralización de cualquier acto o trámite administrativo o material que suponga el inicio de la ejecución de la línea eléctrica, sin que hayamos obtenido respuesta alguna hasta la fecha.

En todo el entorno más cercano de la ZEPA “Estepas de Yecla” se han ejecutado o se están ejecutando diversos proyectos de envergadura, algunos evaluados ambientalmente de forma individual y otros sin evaluar. Entre los evaluados de forma individual, figura un parque eólico en los Montes de Tobarrillas, al Norte de la ZEPA “Estepas de Yecla” que se está instalando en estos momentos y que cuenta con Declaración de impacto ambiental favorable, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de fecha 14 de febrero de 2003; Y una planta solar fotovoltaica de algo más de 23 ha. al Sureste de la ZEPA “Estepas de Yecla” que cuenta con Declaración de impacto ambiental favorable, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de fecha 28 de junio de 2007. Entre los proyectos o actividades sin evaluar está la presión urbanística al Sur – Sureste de la ZEPA “Estepas de Yecla” por la construcción de múltiples viviendas de segunda residencia, y un proyecto de cantera de arcillas en el paraje de Los Rincones al Norte de la ZEPA “Estepas de Yecla” (Documento nº 9).
Entendemos que todas las nuevas infraestructuras que se están proyectando o que se proyecten alrededor de la ZEPA “Estepas de Yecla”, aunque sean proyectos de diversas índole, como es el caso de la línea eléctrica que estamos denunciando en el presente escrito, deben de evaluar ambientalmente sus repercusiones sobre Natura 2000, incorporando como criterio fundamental los efectos acumulativos del resto de proyectos.

El artículo 4 de la Directiva de Aves obliga a los Estados Miembros a la designación de ZEPA y a tomar las medidas adecuadas para evitar dentro de ellas la contaminación o el deterioro de los hábitats así como las perturbaciones que afecten a las aves. Además también obliga a que se esfuercen en evitar la contaminación y el deterioro de los hábitats fuera de estas zonas, en particular si el lugar está designado como I.B.A., como es el que caso que nos ocupa.

Concluyendo, consideramos que existe una alta probabilidad de que la ZEPA “Estepas de Yecla” (ES0000196) se vea afectada de forma apreciable por el proyecto de línea eléctrica, aún estando fuera de sus límites, y entendemos que al no haber realizado un estudio específico en profundidad sobre las afecciones que el proyecto pudiera tener sobre la Red Natura, se vulnera el Apartado 3 del Artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992 que indica textualmente que “Cualquier plan o proyecto que, sin tener relación directa con la gestión del lugar o sin ser necesario para la misma, pueda afectar de forma apreciable a los citados lugares, ya sea individualmente o en combinación con otros planes y proyectos, se someterá a una adecuada evaluación de sus repercusiones en el lugar, teniendo en cuenta los objetivos de conservación de dicho lugar. A la vista de las conclusiones de la evaluación de las repercusiones en el lugar y supeditado a lo dispuesto en el apartado 4, las autoridades nacionales competentes sólo se declararán de acuerdo con dicho plan o proyecto tras haberse asegurado que no causará perjuicio a la integridad del lugar en cuestión y, si procede, tras haberlo sometido a información pública”.

Por todo lo expuesto, SOLICITAMOS ante los órganos responsables de la Unión Europea se incoe procedimiento de infracción contra el Estado Español por vulneración de la Directiva 92/43/CEE.

En Yecla, a 27 de mayo de 2009.

COMISIÓN EUROPEA
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE
Dirección B – Protección del Medio Natural
ENV.B.2 – Naturaleza y biodiversidad.
B-1049 Bruselas (BÉLGICA)

ASUNTO:
QUEJA POR VULNERACIÓN DE DIRECTIVA HÁBITATS.



DOCUMENTACIÓN ADJUNTA.

DOCUMENTO Nº 1.
Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se otorga a la empresa Elecdey Murcia S.A. la autorización administrativa y la aprobación del proyecto y anexo de ejecución de la instalación eléctrica de alta tensión de conexión de una instalación de producción en régimen especial a la red de transporte denominada “Línea eléctrica a 132 Kv s/c st Sierra de Lacera – ap 23 de l/st Reventones – st Buey” en los términos municipales de Yecla y Jumilla, de fecha 11 de julio de 2008. En Boletín Oficial de la Región de Murcia de fecha 6 de noviembre de 2008.

DOCUMENTO Nº 2.
Plano de Situación de la línea eléctrica y de los límites de la ZEPA “Estepas de Yecla”.

DOCUMENTO Nº 3.
Plano de localización de la línea eléctrica.

DOCUMENTO Nº 4.
Catálogo de aves de la Zona de Especial Protección para la Aves “Estepas de Yecla” (ES0000196).
  • Descargar documento nº 4


  • DOCUMENTO Nº 5.
    Plano I.B.A. (Important Bird Area) nº 182 “Almansa – Pétrola – Yecla”.


    DOCUMENTO Nº 6.
    Memoria Ambiental de la Modificación del Proyecto de Ejecución de la Línea Eléctrica a 132 Kv, simple circuito, ST. Sierra Lácera – AP. 23 de L/ST Reventones – ST. Buey, separata de paso por el T.M. de Yecla.

    DOCUMENTO Nº 7.
    Escrito de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea de fecha 22 de octubre de 2007, dirigido a la Asociación Naturalista para la Investigación y Defensa del Altiplano.

    DOCUMENTO Nº 8.
    Recurso de Alzada de la Asociación Naturalista para la Investigación y Defensa del Altiplano presentado con fecha 1 de octubre de 2008 ante la Excma. Consejera de Economía, Empresa e Innovación de la Región de Murcia.
  • Ver Recurso de Alzada


  • DOCUMENTO Nº 9.
    Plano de ubicación de nuevas infraestructuras alrededor de la ZEPA “Estepas de Yecla”.

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